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Ley contra el terrorismo urbano o la criminalidad: la urgencia de una legislación eficaz El Congreso aplaza la discusión de la norma, subrayando la necesidad de un enfoque coordinado entre las instituciones judiciales y de seguridad.

El hecho de que el Congreso de la República, a través del pleno congresal, haya decidido postergar el debate sobre el proyecto de terrorismo urbano debe ser visto como una decisión acertada, considerando la complejidad del problema que se confronta.

Hablo de exhortar tanto al Poder Judicial, al Ministerio Público como al Tribunal Constitucional para que en un plazo determinado propongan un proyecto de ley sobre un problema que compromete a toda la institucionalidad.

Esto pone en evidencia que el fenómeno del crimen, antes que nada, es un problema que requiere una estrecha y coordinada labor entre las instituciones que tienen entre sus labores prevenir, tratar y administrar justicia.

Una labor integral y sistemática que requiere, ante todo, un enfoque interactivo, con el fin de evitar el desorden, los mutuos ataques y la descoordinación que imperan o pululan en el sistema, y que muchas veces resultan peor e incluso más nocivos que el mismo problema que se trata de resolver.

Sistemática legislativa

En realidad, se trata de varios proyectos legislativos provenientes de diferentes fuentes que han estado desembalando en las distintas instancias que comprende la labor congresal, cada uno con sus propias virtudes y errores. Pero, visto desde una perspectiva sistemática, la idea no es solo fortalecer la gestión parlamentaria en el terreno de la legislación, sino, en última instancia, toda la institucionalidad del país relacionada con la administración de justicia penal.

Hablamos de una sistemática legislativa que hasta la fecha ha dejado mucho que desear respecto a varios temas prioritarios para el Estado, para la sociedad y para el país, que incluyen fórmulas legislativas que, a mi entender, por el desorden institucional imperante y la descoordinación prevaleciente, poco o nada han ayudado a prevenir actividades criminales de gran envergadura y complejidad que están poniendo al país en un estado de zozobra y descontrol.

Pedagogía punitiva

Aunque el fenómeno criminal del terrorismo urbano, o como se le quiera denominar, en el entorno del crimen masivo o selectivo, el asesinato cruento, el sicariato como terror, la extorsión y otras patologías sociales de efectos particularmente nocivos, no va a ser resuelto por sí solo pensando que en las iniciativas legislativas se encuentra la solución a los problemas, la ley, desde todo punto de vista, sí cumple un rol importante y hegemónico en términos simbólicos, educativos, orientadores y pedagógicos, como parte de una política de Estado lo suficientemente clara, fuerte y orientadora.

En nuestro medio, el desmerecimiento de la ley penal es consecuencia del manoseo constante e irresponsable de parte de quienes legislan, quienes parecen estar más interesados en defender sus intereses partidarios o de gobierno que en brindarle tranquilidad y seguridad a la colectividad. Los códigos y las leyes son cambiados o modificados con tanta frecuencia e insistencia que el sistema normativo en su conjunto ha perdido eficacia, respeto, contundencia y eficiencia.

Ante tantas y reiteradas modificaciones de los códigos, la ley ha pasado a convertirse en una mera fórmula simbólica, e incluso ha perdido en muchos sentidos su representación. Las leyes penales en nuestro medio carecen de toda eficacia, energía y el brío que requieren en términos sociológicos y de autoridad, no solo porque abundan o son modificadas de manera constante y reiterada, sino además porque no se cumplen, y si se aplican, se hace de forma selectiva y discriminatoria. Los delitos y las leyes sobre corrupción son una evidencia de la poca o nula efectividad que tiene el sistema normativo para casos selectivos y ejemplares.

Técnica legislativa deficiente

No se trata de colocarle un nombre en particular a la propuesta legislativa en cuestión, llámese terrorismo urbano, de baja intensidad o criminalidad masiva, selectiva o sistemática. La denominación es importante, pero más relevante es su contenido, interpretación y redacción, en tanto que la descripción del tipo penal es fundamental, no tanto para la dimensión política o ideológica que puede estar en juego, sino para la propia operatividad judicial, que ha decaído, dado que los delitos requieren ser resueltos en el plano judicial y no en lo político.

fuente expreso

Autor: Percy Morera

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