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cuarentena total en todas las provincias de Cusco, Puno, Tacna y Moquegua

Premier Walter Martos anunció que todas las provincias de estas cuatro regiones del sur entrarán en cuarentena rígida hasta el 30 de setiembre. La medida se aplicó tras el incremento de casos COVID-19.

Las regiones de Cusco, Puno, Tacna y Moquegua, entrarán en cuarentena total durante todo setiembre. El premier Walter Martos anunció este viernes, esta y otras medidas contempladas en el Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM.

En Puno, las provincias que habían retornado a la cuarentena eran Puno y San Román; Cusco y La Convención en la región Imperial; Mariscal Nieto e Ilo en Moquegua y solo la provincia de Tacna en la región Heroica.

Sin embargo, para setiembre el Gobierno Central consideró que todas las provincias de estas cuatro regiones del sur retornen a la cuarentena por la situación crítica que afrontan.

En estas regiones está permitido el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas.

CASOS COVID-19

Según los reportes del sector salud, en Puno se han registrado hasta la fecha 13.549 casos y 481 muertes por coronavirus. En Tacna, los casos llegaron a las 10.393 y 361 fallecidos. Y en Moquegua los casos llegaron a 17.385 casos y 332 decesos

CUARENTENA EN TODAS LAS PROVINCIAS DE LA REGIÓN PUNO HASTA EL 30 DE SETIEMBRE

SE DISPONE MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 146-2020-PC, que modifica el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, Decreto Supremo que establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social y Prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19, modificado por los Decretos Supremos N° 129-2020-PCM, N° 135-2020-PCM y N° 139-2020-PCM.

PUNTOS A TOMAR EN CUENTA

LO APROBADO Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
1.- Se prórroga el Estado de Emergencia Nacional hasta el miércoles 30 de setiembre de 2020, quedando restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
2.- Cuarentena Focalizada (aislamiento social obligatorio) en las provincias y departamentos Cusco, Moquegua, Puno, Tacna, Amazonas, Ancash, Huaraz, Apurimac, Abancay, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Huancayo, Trujillo, Madre de Dios y Pasco.
3.- Toque de quedad (inmovilización social obligatoria) de todas las personas en sus domicilios desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado a nivel nacional; asimismo, el día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos a nivel nacional durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente.
4.- Queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio. En ese sentido, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del COVID-19.
5.- Los menores de 14 años deben permanecer en su domicilio.
6.- Los adultos mayores de sesenta y cinco (65) años no pueden salir de su domicilio, y, excepcionalmente, lo podrán hacer conforme lo señalado en las citadas normas y no deben recibir visitas en su domicilio debiendo evitar el contacto físico con las personas que se desplazan fuera del domicilio.

la republica

Autor: Percy Morera

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